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Monotributo

Monotributo 2026: topes de ingresos y activos y un récord de 67.361 empresas

La DGI publicó los topes 2026 del Monotributo: $1.175.537 de ingresos anuales para unipersonales, $1.959.229 para sociedades de hecho y $979.614 de activos. Un informe del BPS de junio de 2026 registra 67.361 empresas monotributistas a diciembre de 2025.

La DGI publicó el 12 de enero de 2026 los topes de ingresos y activos anuales del Monotributo para 2026 (artículos 3 y 4 del Decreto 199/007): $1.175.537, $1.959.229 y $979.614. De acuerdo con la normativa que repasa el BPS, el tope de ingresos de las unipersonales es el 60% del límite del literal E y el de las sociedades de hecho es el 100%, por lo que $1.175.537 corresponde a unipersonales, $1.959.229 a sociedades de hecho y $979.614 al tope de activos.

Beneficio por cobros electrónicos: los ingresos cobrados con tarjetas de crédito o débito, dinero electrónico y similares computan solo un porcentaje para el cálculo del tope, lo que permite facturar más sin salir del régimen. En turismo rural no se computan los ingresos de la explotación agropecuaria cuando el servicio lo presta una entidad distinta del titular.

El régimen en números: el informe Comentarios de Seguridad Social N° 136 del BPS (junio de 2026) indica que las empresas monotributistas pasaron de 2.566 en diciembre de 2006 a 67.361 en diciembre de 2025, con un aumento de 10,4% en el último año. El Monotributo Social MIDES representa el 36,9% del total, y casi 6 de cada 10 unipersonales sin dependientes son monotributistas.

Aportes graduales: quienes iniciaron como monotributistas desde el 1/1/2021 aportan 25% los primeros doce meses, 50% los segundos doce y el total después. En el Monotributo Social MIDES la escala es 25%, 50% y 75% en los primeros tres años.

Qué hacer: controlar los ingresos acumulados del año contra el tope que corresponda a la forma jurídica y priorizar los cobros electrónicos, que computan solo parcialmente.

Fuentes

Resumen informativo elaborado por Activanet a partir de las fuentes citadas. No sustituye el asesoramiento de un contador o escribano: antes de tomar una decisión, confirmá los datos en la fuente oficial.

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